lunes, 24 de noviembre de 2008

Censo de operadores intracomunitarios


Cuando una empresa catalana o española decide comprar o vender productos en la Unión Europea, todo parece muy sencillo.
Todo aparentemente, por qué hay un trámite que está trayendo de cabeza a muchas "pymes".

En un mercado libre cómo el europeo, superar este trámite puede suponer en algunos casos, perder un cliente, tener un problema comercial o como mal menor pagar una sanción, pequeña, pero una sanción al fin y al cabo..
Resulta, que a los "cerebros" de Hacienda no se les ha ocurrido otra cosa que para poder comprar y vender en la Unión Europea hay que hacer antes un paso, la inscripción en el censo VIES. El trámite es telemático (internet), pero la inscripción definitiva no se produce en algunos casos hasta pasados 3 meses, tras la visita de un inspector de Hacienda para comprobar la existencia de la sociedad. Tres meses, en los cúales las empresas podrán seguir operando con la Unión Europea pero aplicando el IVA en la operación (lo cúal aumenta el coste en la transacción comercial.....)

Este trámite, que se impuso a partir de 2004, viene provocado por una trama de facturas falsas en el IVA intracomunitario,por el qué se defraudaron centenares de millones de euros lo que acabó provocando las iras de la Administración Tributaria y puso un trámite previo (alta en el censo de operadores intracomunitarios).

Necesitamos agilidad para vender en el extranjero y no "trámites" engorrosos para las Empresas. Que hay que vigilar el fraude fiscal, correcto, pero hay maneras más prácticas de no complicar la vida a las empresas.



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